Posesiom efectiva tramitada en tribinales año 1996. 2 mujeres que no tenían parentesco poseían un terreno y transfirieron los derechos de herencia a otras dos mujeres que mantuvieron a las dos primeras mujeres durante toda la vida y hasta la muerte. Muy buen trabajo, necesario, útil y loable. El Código Civil señala quienes son los llamados a recibir una herencia. La acción revindicatoria tiene origen en el derecho real de dominio, la petición de herencia en el derecho real de herencia. Sin embargo, una vez realizada no inscribí la herencia en SII por ende tampoco realice el trámite en bienes raíces. Aún el sitio esta a nombre de su señora. Y ella tenía hijos de otro matrimonio (no eran reconocidos por mi tío). Después que me reconoció, cortó toda comunicación conmigo y empezó a traspasar sus todos sus negocios , que tiene muchos, a mis 2 hermanos. Contestando su duda, esos derechos que tenía su madre se ingresan en la misma posesión efectiva, debe sacar una copia de inscripción con vigencia de dichos derechos y calcular cuál es el porcentaje que le corresponde a su madre para ingresarlos de esa forma [por ejemplo, la propiedad vale $10.000.000.- y su madre tenía el 25%, entonces usted pone que el avalúo es de $2.500.000.-]. Mi consulta es si se puede reclamar como propia una casa en la cual tengo la posesión efectiva de mi madre, ella tiene una hermana mas pero no se nada de ella. En caso de que requieras de un presupuesto gratuito para la realización de este trámite, te invito a completar el siguiente Formulario de Contacto. En primer lugar se debe solicitar la posesión efectiva, mediante un formulario confeccionado por la misma entidad, en el que se individualizan los herederos, nombre, apellidos, roles únicos nacionales, domicilio y calidad en la que heredan. se encuentra obligado a restituir su precio al heredero y si se le adeudara algo, le transmitiría el derecho a cobrar dicha acreencia. (Nombre completo )Mayor de edad, identificado como se señala al pie de mi firma, con fundamento en el Derecho de petición consagrado en el Artículo 23 de la Constitución Política Nacional, Artículo 5º y subsiguientes del Código Contencioso Administrativo, y el Articulo 15 . Buenos Días estimados, mi consulta es la siguiente, mi padre falleció en octubre del 2017 dejando bienes muebles, bienes inmuebles, ahorros habitacionales y seguros, lo que sucede es lo siguiente, Mi padre se caso en el año 2005, de esa relación nació mi hermanastra ( menor de edad), Adquirió una casa en el año 1996, en la posesión efectiva sale la cónyuge, mi hermana y yo, de esto a pasado más de un año del fallecimiento, quiero hacer efectivo lo que corresponde legalmente ya que la cónyuge me dejo claro que no recibiría nada de lo heredado, que puedo hacer? Por favor me podrán indicar si la ley ampara a los hijos y no a la madre? Yo puedo pedir la partición de ese terreno para olvidarme de el??? Saludos y muchas gracias. Así las cosas, debemos considerar que en caso de existir acciones aplicables para este caso, probablemente no puedan ejercerse. Escríbanos a través de nuestro formulario de contacto. En cambio, la acción reivindicatoria atañe al propietario y en el juicio se debate la propiedad. Quisiera saber si puede ayudarme, ya que debemos realizar la posesión efectiva de mi suegra (fallecida hace unos meses). Si es que no dejó testamento escrito, debe realizarlo en el Registro Civil. esta, CONFESIONAL: Del C. Javier Rodríguez Jiménez, al tenor de las posiciones Puedo hacer el tramite yo como unica heredera o necesito de su firma para saber las ganancias o llevar al mando las acciones? Ellos eran 3 hermanos, uno falleció hace unos años, sin hijos y cedió su parte a mí papá en calidad de herencia. Ellos tuvieron 6 hijos de los cuales quedan 3 vivos. Lo que sucede es que estando la herencia en manos de un falso heredero o del que aparenta serlo y si transcurren 5 o 10 años, el derecho real de herencia pasará a manos de este falso heredero del que aparenta serlo y con esta titularidad, que adquiere por prescripción adquisitiva, también adquiere la legitimación activa para ejercer la acción, de acuerdo al Artículo n° 2517 del código civil. 5 preguntas que responderán tus dudas sobre el congelamiento de deudas. Como se reparte una herencia intestada entre la mamá y 4 hermanos?? Buenas tardes: mi consulta es la siguiente: mi padre era hijo legítimo argentino y su padre dejó herencia en Chile a sus nueve hijos chilenos. Respondiendo su duda, lo correcto es poner ambas, ya que su abuela tiene derechos sobre dicha propiedad por dos fuente: la primera, por el 50% que le correspondía por haber estado casada en sociedad conyugal [esto lo estoy asumiendo, imagino que bajo ese régimen estaban casados sus abuelos y así adquirieron la propiedad]; la segunda, por lo que heredó al fallecer su abuelo; en resumen, son ambas fechas, individualizando en el formulario en dos casilleros distintos; nosotros nos dedicamos a este tipo de trámites, si necesita ayuda. Respondiendo brevemente a tu consulta, te comento que efectivamente, para que algunas de las personas que forman parte de la sucesión puedan vender a otro, deben previamente haberse realizado todas las posesiones efectivas correspondiente. Casos prácticos Sucesiones - Resolucion. La acción de petición de herencia se encuentra definida en el artículo 1264 del Código Civil de la siguiente forma: 1264: «El que probare su derecho a una herencia, ocupada por otra persona en calidad de heredero, tendrá acción para que se le adjudique la herencia, y se le restituyan las cosas hereditarias, tanto corporales como incorporales; y aun aquellas de que el difunto era mero tenedor, como depositario, comodatario, prendario, arrendatario, etc., y que no hubieran vuelto legítimamente a sus dueños.». SEGUNDO : Se emplace al demando a efecto de que haga las propuestas que Agradecería indicarme cómo debo proceder para exigir su parte de la herencia o conocer su patrimonio heredable, ya que ellos son de otra región y tal vez no valga la pena realizar mayor gestiones. Ahora bien es necesario que esto ocurrirá así solamente si es que el causante no otorgó testamento antes de morir, ya que en ese caso deberán seguir lo ahí dispuesto. En materia sucesoria, cuando fallezca su padre, todos los hijos pasan a tener los mismos derechos respecto de la herencia. Hola, me gustaría si yo puedo tramitar la posesión efectiva de mis abuelos fallecidos hace años y la de mi papá para aparecer como una de las herederas (de la parte que él habría heredado)? El accionante debe acreditar que en efecto es heredero con mejor derecho. Hola consulta, mi padre biológico fallecio el 2017, tiene 2 hijas reconocidas y su esposa, sin embargo yo no estoy reconocida ni mi hmna tampoco (que igual es su hija biológica), nosotras podemos tener acceso a herencia de los bienes? Lamentamos escuchar la situación en que se encuentra, desgraciadamente no se puede hacer algo al respecto, puesto que nadie está obligado a mantenerse en comunidad si así no quiere, es por esto que se puede demandar a través del juicio de partición. Hola mi consulta es la siguiente mi padre murió y dejo entre sus bienes una casa en la playa los cuales son administrados por su esposa.mi (madrastra ) y ella no nose deja usar dicha casa si no es bajo su supervición Osea tenemos que estar con ella. En el primer caso pueden ser abiertos (cuando el testador hace sabedores de sus disposiciones a los testigos) o cerrados (cuando no es necesario que los testigos tengan conocimiento de las disposiciones), mientras que, cuando es otorgado en el país extranjero, puede ser otorgado conforme a la ley chilena o conforme a la extranjera. Respondiendo brevemente a tu consulta, te comento que en caso de que el padre de tus hijos falleciera, los herederos serían la cónyuge y todos sus hijos (sin importar si son o no de ese matrimonio). Espero haber aclarado algunas de tus dudas y quedamos atentos a la información. Para contactarnos y solicitar un presupuesto económico, puede escribirnos a través del siguiente Formulario de Contacto. Hola buen dia me gustaria si es posible orientacion 1914 una persona compro una parte de una propiedad pero nunca la ocupo en 1915 la dueña de la propiedad vendio el total de la propiedad incluyendo esta parte. Accion de peticion de herencia, Código Civil Artículo 783. Respondiendo brevemente a tu consulta, te comento que lamentablemente, la acción de petición de herencia tiene plazos de prescripción que están sobradamente cumplidos en este caso. Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Gracias por participar en Derecho-Chile. – Un 25% podrá quedar para una o más personas en particular a su elección, siempre y cuando sea heredera (hermanos, hijos, sobrinos, nietos). Nos pondremos en contacto, en el menor tiempo posible. Herencias. En este sentido, no existe un límite máximo para fijar el valor, pero si es que éste es superior al doble, el comprador podría con posterioridad solicitar judicialmente la rescisión del contrato. Gracias por participar en Derecho-Chile. Hola primero le cuento la historia: mi abuela falleció hace tiempo dejando la casa a sus herederos: mi tio, mi madre , mi segundo tío y la hija(prima) de mi tercer tío (él fallecio hace tiempo también). Mi tío falleció dejó derechos hereditarios a sus 3 hijos y a su cónyuge sobre una propiedad donde el tenía derechos junto a sus hermanos, el problema que los hermanos de él se adueñaron de esa propiedad y ahora mis primos desean pedir el derecho hereditario que dejó mi tío pero el problema se genera cuando consultan a un abogado les dice que deben estar todos los herederos de mi tío en acuerdo para reclamar el derecho que les pertenece por causa del fallecimiento de su padre, pero 1 de los herederos que es hijo, el cual le pertenece un porcentaje del derecho hereditario de mi tio no quiere reclamar y queremos saber si es tan así si una persona no desea reclamar no se puede pedir el derecho hereditario.? Este plazo es de 10 años, y por tanto está vencido hace ya mucho tiempo. Porfavor les pido una respuesta para poder hacer algo al respecto si es que se puede hacer algo. Civil, familia, penal, comercial, laboral, propiedad horizontal, administrativo. Yo arriendo hace 22 años aproximadamente y jamas e recibido ningún beneficio de dicha propiedad. ¿Los derechos a herencia prescriben? Respondiendo brevemente a tu consulta, te comento que efectivamente en ese caso quienes heredan son los hermanos, y no existe diferencia alguna entre hermanos de doble conjunción o hermanos de simple conjunción (medios hermanos). Hola tengo una consulta si alguien me puede ayudar , mi padre falleció hace 2 años y por herencia hay una casa la cual vamos a vender en 50 millones quiero saber cuanto nos toca resivir a cada uno por esta venta están la congregue( mi madre y somos 4 hijos ) lo que tengo entendido que es el 50% a la conjugue y el otro 50 % a repartir en partes iguales entre los hijo , es correcto esto. Por ejemplo, puede dejar para cuatro de ellos la propiedad, siempre que existan otros elementos en su patrimonio que permitan a los otros cuatro hijos acceder a bienes de valor equivalente. Gracias por participar en Derecho-Chile. Opciones para realizar una Campaña de Marketing en Derecho-Chile. Respecto a su consulta, le respondo: De acuerdo a lo que usted indica, la cónyuge no quiere recibir nada de la herencia de su padre. Esto es importante ya que es el primer cálculo que debemos hacer para hacer las deducciones subsiguientes. Hola les cuento mi abuelo realizo la posición efevtiva al fallecer mi abuela (dueña de la casa) sin incluir a mi papa y los hijos de mi tio fallecido que por lo que se ellos igual son herederos, mi pregunta es como puede aser mi papa para incluirse en la posecion efectiva y reclamar lo que le corresponde y si lo que iso mi abuelo es legal. 1.- El sujeto activo es quien pruebe su legítimo derecho a la herencia, puede ser, a saber: el heredero, el cesionario del derecho real de herencia (Art. Antes de esto, tu tío no puede realizar ningún trámite a nombre de tu tía. Gracias. Tengo una consulta mi madre tiene un herencia que dejo mi abuela a sus 12 hijos un terreno, el cual ninguno de sus hijo a reclamado u realizado la división . Buenas tardes quisiera saber, si mi ex fallece que pasara con mis hijos. Desde la muerte de una de las dos primeras mujeres, han pasado 36 años. Hola mi madre es dueña junto con mi abuela 50 % cada una de una casa pero mi abuela se fue hace más de 15 años de la casa, ella vive con mi tía, mi abuela tiene Alzheimer ahora quiero saber que pasa si mi abuela fallece ya que tiene 3 hijos más que pasa mi madre tendrá que vender a pesar de ser la dueña del 50%. Respondiendo a tu solicitud, te comento que la forma de contactarte con nosotros es completando el siguiente Formulario de Contacto. Mi padre fallecio hace aprox.8 años en Ecuador (vivio alla). hola una consulta, mi padre fallecio y se había vuelto a casar no teniendo hijos mas que los de su primer matrimonio. Hace un mes apareció un hijo no reconocido de mi abuelo reclamando herencia. hola.Soy Luisa: Mi madre està casada con règimen antiguo pero se separò de hecho con mi padre hace 40 años.El se fue a vivir a Argentina.Ahora pide el divorcio,si mi madre se lo da ,pierde la herencia de lo que èl adquiriò allà? Gracias por su respuesta. Muchas gracias por contactarte con Derecho-Chile. También coinciden en su finalidad, pues ambas persiguen la restitución de los bienes al verdadero titular del derecho. Te recomiendo buscar esta información lo antes posible en la Oficina del Registro Civil, con el objetivo de que tengas tiempo para interponer las acciones que la ley contempla para estar considerado dentro de la herencia, en caso de que sea necesario. Respecto de su duda, depende de cómo esté casada, si es en sociedad conyugal, quien debe vender los derechos es su cónyuge a su nombre y usted autorizando; si está casada con separación de bienes, no necesita permiso de nadie; si es la primera situación, le recomiendo que su cónyuge le otorgue un mandato especial para vender dichos derechos ante el cónsul de donde esté radicado y lo envíe a Chile, para luego apostillarlo y realizar la venta. Respecto a su consulta, le respondo: En Chile ya no existe la diferencia entre hijos legítimos y no legítimos. Muchas gracias por participar en Derecho-Chile. Existe algún trámite que podamos hacer, que no sea un juicio de partición donde el costo de la propiedad y el tiempo son un grave problema. Al grano: Tu padre tiene todo el derecho como propietario para vender en vida lo que le pertenece a la persona que él desee. Espero haber aclarado su consulta. En segundo lugar, el Derecho chileno no ampara al negligente; así, y en relación con lo indicado anteriormente, si una persona tiene el derecho respecto de algo y no lo ejerce, luego el legislador no lo protege por ser negligente al ejercerlo; si un pariente fallece, es mi carga realizar la posesión efectiva lo antes posible, para que se determine quiénes son los nuevos dueños y continuadores del fallecido; si dentro del plazo dado yo no hago nada y existe un interesado en hacerse cargo, entonces la ley «premiará» a dicha persona, puesto que a quienes le favorecía el Derecho, nada hicieron pudiendo hacer algo en un plazo razonable. El plazo para impugnar esa posesión efectiva era de 10 años. Con todo, también está el tema ético, si ustedes durante todo este tiempo han recibido el dinero de las personas que iban a comprar la propiedad, admitiendo usted que es casi el 90%, entonces el imperativo moral es que le transfieran la propiedad a estas personas, por un tema de honestidad; de lo contrario, que le devuelvan entonces todo lo que ellos les han pagado si quieren recuperar el bien raíz. Y ella al fallecer ahora le corresponden a sus hijos. Yo podría alegar la nulidad del Contrato de Compraventa?? Respecto a su duda, lamentamos escucharlo, pero efectivamente si su padre enajenó sus bienes en vida, independientemente a quién haya sido, y no quedan al momento del fallecimiento de él, entonces no hay mucho que heredar. Después tendría que inscribirlas en el conservador de bienes raíces, verdad? Espero su respuesta.gracias. p.d: envíe un formulario pero no me responden, quería hacer una cotización. Entre Viuda e hijos De igual forma por ser una sucesion de los abuelos paternos, o la viuda recibe el doble de lo que recibe cada hijo. Hola quiero consultar , mis padre tienen dos propiedades hicieron una venta , mi madre se la vendió a una hermana pero falta la firma de mi padre eso fue en 2009, no recibio ningún pago por esa casa,! Artículo 1321. Una hermana de mi mamá , hace mas de 10 años , hizo los trámites y tomó sucesión de un inmueble familiar , no consideró a mi madre en esos derechos y ahora vive en ese inmueble como propietaria. En este momento todos juntos conforman una comunidad, por lo tanto tienen los mismos derechos sobre cada uno de los bienes contenidos en la herencia, y esto genera complicaciones. Gracias. Es una acción de carácter real, pues recae sobre una cosa. Lamentablemente este código tiene una desactualización de unos 4 o 5 años, vamos, ni si quiera es la del 2022, espero corrijan estos detalles. Por tanto el heredero podrá intentarla en contra del falso heredero sólo dentro de un determinado plazo. Hay otra propiedad mismo caso pero hecha el 2009.. GRACIAS. Quisiera orientación. Que se puede hacer. Respondiendo brevemente a tu consulta, te cuento que para estos casos y según lo señalado por el artículo 2517 del Código Civil, el plazo de prescripción es en realidad el plazo de la prescripción adquisitiva, es decir, aquél período de tiempo en el cual los demás herederos estuvieron en posesión de la cosa. Artículo 465-1. Una vez realizada esa liquidación, lo que quede dentro del patrimonio de tu padre debe dividirse de la siguiente manera: 1/3 para la cónyuge y 1/6 para cada uno de los hijos. Sin embargo, mi padre le vendió la casa a uno de ellos, sin que los demás supiéramos, a escondidas, y lleva inscrita en el Conservador 9 años. Por último, las mejoras voluptarias – las que se consideran de lujo o recreo- no deben ser abonados a ninguno, pudiendo el falso heredero retirar dichos materiales, sólo en caso que ello no cause detrimento a la cosa. 2532 a 2572, Régimen patrimonial del matrimonio arts. 2DO EXAMEN DE DERECHO SUCESORIO-1. Se rechaza R. de Casación en la Forma Civil y se acoge Acción de petición de herencia. Lamentando la situación que nos expones, te comento que efectivamente eres heredero, y por lo tanto tienes los mismos derechos que los demás. Respecto a su consulta, le respondo: Usted puede hacer el trámite de la posesión efectiva ya que se permite que una persona en representación de la Sucesión solicite la posesión. Cuál sería el procedimiento adecuado? El padre de mi pareja falleció hace dos años atrás en México, mi pareja esta en chile, el recibió la herencia de su padre y el fue el único heredero, pero mi pareja ahora tiene temor de ocupar el dinero porque piensa que en cualquier minuto puede venir un hijo no reconocido de su padre a pedirle el dinero de la herencia. Al tratarse de un fallo emitido por alguna Corte de Apelaciones o Juzgado, verifique si se encuentra ésta firme y ejecutoriada en el portal del Poder Judicial. Si es que falleció primero tu padre y este no tenía más hermanos, luego falleció tu abuelo paterno y su cónyuge sigue viva, entonces la situación es la siguiente (siempre y cuando ninguno de los dos hubiere otorgado testamento): El patrimonio dejado tras la muerte de tu abuelo paterno corresponde en partes iguales a su cónyuge y tu padre (50% cada uno). hola, me gustaria saber si siendo hijo ilegitimo (nacido en el 35), puedo demandar peticion de herencia. Advertencia de la nulidad, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Si se trata de un nieto u otro familiar, como máximo el 50% del total. Respondiendo brevemente a tu consulta, te comento que en este momento, como sucesión, existe una comunidad entre los hermanos en los que cada uno tiene el mismo porcentaje de derechos sobre la propiedad que los otros. La herencia representa pues una universalidad del patrimonio o conjunto de derechos patrimoniales, a los que solo ciertas personas tienen derecho a exigir. Tambien queria consultarles si es procedente cobrarle a este hermano arriendo por todos estos años que ha vivido gratis en la casa que es de todos nosotros. Hola.. mi consulta es…que pasa si no aparece un heredero a cobrar su parte de la herencia? Para contactarnos y solicitar un presupuesto económico, puede escribirnos a través del siguiente Formulario de Contacto, especialmente creado para ello. Gracias por participar en Derecho-Chile. las 3 sobrinas nietas vivas hicieron una posesión efectiva solo con ellas y mis 2 medios hermanos. Me imagino que el «otro» es mi madre. Gracias. Ya han pasado 30 años desde que falleció mi abuelo y la casa lleva inscripta en el conservador más de 24años primero por mi mamá 4 años, luego por mi hermana hace 19 años y yo la incribi hace 1 año. Espero haber aclarado tus dudas y que este proceso tenga buenos resultados para tu tía. Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Espero haber aclaro tus dudas, y en caso de requerir mayor asesoría te recomiento completar de manera gratuita el siguiente Formulario de Contacto. Si bien es cierto lo que nos comentas en cuanto a lo costoso y complejo que en muchas ocasiones resulta ser un juicio de partición, lamentablemente es la única opción que tienen, si es que no todos los integrantes de la sucesión están de acuerdo. Hola Mi pregunta es la siguiente Si mi abuelo tenía un terreno y el fallecio y su hijo, mi padre era el único heredero, yo y mis hermanos somos 7 resulta de que nunca nadie inscribió la propiedad en el CBR entonces todavía está a nombre de mi abuelo Mi hermano mayor ha vivido en este terreno por más de 80 años, entonces al momento de hacer las consultas para inscribirlas se nos dice que como mi hermano mayor a vivido por más de 5 año ahora el sería como el propietario y podría inscribir dicha propiedad a nombre de el dejando a nosotros si nuestra herencia, que Tan cierto sería esto o hay algo que yo y mis otro hermanos podamos hacer para no perder nuestro derecho como herederos legítimos igual que mi hermanos que ya vive en este lugar. Si se encontraba de mala fe no es responsable de los deterioros que haya sufrido la cosa -por ejemplo un incendio-. Es poseedor de mala fe el que conoce o debió conocer la existencia de herederos preferentes o concurrentes que ignoraban su llamamiento. PRIMERO: Tenerme por presentado en tiempo y forma legal, el presente ocurso Usamos cookies para asegurar que te damos la mejor experiencia en nuestra web. Respecto a su duda, el concepto de «herencia en vida» no existe, las personas tienen la libertad de hacer lo que más les parezca conveniente con sus bienes mientras vivan; si sus padres decidieron favorecer a otros hermanos de esa forma, lamentablemente estaban en su derecho a hacerlo; respecto a los bienes que queden, todos los hijos heredan en partes iguales. Buenas noches: soy de argentina recientemente me llamo una persona de chile diciendo que mis abuelos tienen una propiedad en sgo investigando un poco efectivamente la casa figura a nombre de mi abuelo, segun un contacto hay personas viviendo alli, podria brindarme un telefono de contActo por favor. Gracias por participar en Derecho-Chile. Cuánto tiempo puede prescribir una herencia? Su señora también falleció en marzo de este año. Mi madre falleció el año pasado, mi padre y esposo de ella, hizo la posesión efectiva y había una vale vista a su nombre (mi mamá) que ahora se puede cobrar. En términos generales y para que puedas hacerte una idea, cuando existen 8 o 10 hijos (dependiendo de si estamos hablando de tu padre o tu madre) la herencia se divide en partes iguales entre los hijos y el cónyuge sobreviviente. 2) si yo fallezco el principal heredero sería mi pareja según el derecho de herencias … pero cuando él fallezca mi hija deberá heredar junto con los otros hijos a parte que heredó mi pareja de mi ???? Rosales, DOCUMENTAL PRIVADA : Una copia certificada del testamento del finado, en Respondiendo brevemente a tu consulta, te comento en primer lugar que no existe un plazo de prescripción para la acción de petición de herencia, sino que la misma prescribe cuando otras personas han adquirido por prescripción adquisitiva. Hola buenas mi suegra heredó una propiedad en santiago de su padre, su madre aun esta con vida y ellos son 10 hermanos que porcentaje le debería tocar a cada uno de ellos su madre y los 10 hermanos incluida mi suegra. Dejó dineros en el banco y un terreno que heredó de sus padres, pero que aún no inscribia a su nombre. Mi madre falleció, yo, mis hermanos y mi padre somos sus herederos. Ese hijo no reconocido primero tendrá que pasar a ser heredero y posteriormente podría reclamar parte en la herencia. En cuanto al tiempo que tiene una persona para reclamar una herencia está sometido a un plazo de 30 años. por el valor del bien y de sus frutos, a la vez de ofrecer una compensación por el perjuicio ocasionado. Para lo anterior tiene 5 años desde la fecha de posesión efectiva mediante la cual adquirió tu pareja. Gracias por contactarte con Derecho-Chile. Asumiendo que se trata de la herencia de tu padre, lo más importante es saber hace cuánto tiempo se hizo esa posesión efectiva y hace cuánto viven ellas ahí, para saber qué acción podrías interponer. Lo que debe hacer es ponerse en contacto con nosotros a fin de realizar una demanda declarativa de sociedad de hecho donde se le reconozca el aporte que ha realizado durante la vida con su pareja de hecho. SOLICITA SE INTIME A ACEPTAR O RENUNCIAR A LA HERENCIA O DECLARACIÓN DE VACANCIA (ARTS. hola…somos 6 hermanos,mas la mama,a la muerte del padre queda una herencia,por motivos que da vergüenza aquí escribir la familia se desunió…hoy nos enteramos con mi hermano que la propiedad se esta vendiendo,con un corredor de propiedades,nadie de la familia nos a comunicado,y esto nos tiene mal,nos enteramos ayer,y si se llega a vender nos avisaran,tenemos que estar de acuerdo,o hay algo que se pueda hacer,la venta esta en 550.000.000 esto es acuerdo de ellos porque como le dije anteriormente solo nos enteramos ayer. Hola ,que se hace en el caso de que los fallecidos, en este caso los abuelos del que quiere reclamar la herencia, no tengan Rut ya que eran gente de campo y no se encuentra ningún registro en el registro civil?. La demanda de petición de herencia viene a ser el. Mi abuela tuvo 4 hijos en la cual 1 falleció, el contrajo matrimonio en argentina al fallecer el año 2003 su conyuge inscribio su matrimonio en chile el año 2004 consulta le corresponde parte de la herencia? Hola. Para ella la ley ha establecido dos plazos, 10 años en el caso que al falso heredero (el que esté poseyendo la herencia) no se le haya concedido la posesión efectiva, y 5 años respecto de aquél al que si se le ha concedido. Tengo que aconsejarte que si en tu familia dudan que el curador indicado para la protección de los intereses de tu tía sea ese tío, averiguen si es que existe un procedimiento de interdicción en curso, para que puedan hacerse parte y evitar que sea nombrado. La petición de herencia es una acción por la cual el heredero reclama la entrega de los bienes que componen el acervo sucesorio de quien los detenta invocando también derechos sucesorios. Es importante tener claro que el no los haya omitido en la posesión efectiva que realizó respecto de su abuelo. Por su parte, el padre tuvo un sólo hijo en matrimonio, la pareja falleció y el único hijo del matrimonio hoy alega su derecho al total de la herencia; qué camino debe tomar el otro hijo para hacer valer su derecho a herencia? Hola sucede que falleció mi padre que tenía una casa en alto hospicio iquique, al morir yo vivía en la quinta region de valparaiso, nunca supe que mi hermano y la esposa legal de mi papá hicieron la posesión efectiva donde solo ellos aparecen como herederos, quisiera saber si aún puedo reclamar la herencia que es una casa donde actualmente vive la esposa .. me dejaron fuera a mi y otro hermano que también vive en valparaiso.gracias, Buenos días,Mi madre es hija no reconocida legalmente por mi abuelo el cual falleció hace unos días atrás, mi abuelo era casado con bienes separados con su cónyuge de este matrimonio tiene dos hijos legítimos, mas dos hijos reconocidos fuera del matrimonio, hoy su cónyuge dice que todo sus bienes mi abuelo lo dejo testado a su nombre y que ningúno de sus hijos heredará estos bienes, puede ser esto cierto? Si aún mantenía ese matrimonio y el régimen era de sociedad conyugal, entonces la división de la herencia quedada a su fallecimiento se efectúa de la siguiente manera: – El 50% le corresponde a la cónyuge sobreviviente, como efecto de la Sociedad Conyugal. Si no es posible la restitución en especie, debe indemnización de los daños. Se les felicita, sigan así. No sé a que te refieres con recibir la herencia. Mi duda es: al momento de realizar la solicitud de posesión, en la parte que dice bienes adquiridos ,la fecha de la adquisición del inmueble cual debe ser: la fecha original en que se adquirió el bien raiz o la fecha de adquisición que se origina producto de la primera posesion realizada. En este documento se enumeran los activos y pasivos del causante, así como también las personas inscritas como herederos. Esto quiere decir que proviene de un derecho real y que puede ser ejercida en contra de cualquier persona que perturbe al titular de ese derecho en su ejercicio. El contenido de este artículo, sus comentarios y las respuestas ofrecidas no constituyen ni asesoramiento legal, ni son sustitutivas del correspondiente asesoramiento jurídico personalizado de un abogado. Si es que el terreno pertenecía a tu padre y tanto tu madre como ustedes son propietarios por herencia del mismo, entonces cualquiera tiene el derecho de solicitar la venta del mismo, ya que nadie está obligado a permanecer en indivisión. Si hablas de adquirir la parte que corresponde a cada uno, es independiente entre herederos. Y dejarnos fuera a los otros que estábamos involucrados?
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