348 y ss. 58, Nº 2: pp. 58 del CP, supuestos para la unificación de penas, condenas y sentencias y las consecuencias jurídicas de su aplicación. La tarea a realizar supone la concreción de un juicio valorativo de carácter específico, centrado en un supuesto de hecho particular y determinado (lo que realmente ocurrió). 33-70. 25 a 46. 115 y ss. 41-66. Alemana (Buenos Aires, Hammurabi). Etcheberry (1964) pp. Libro de Estudio, Parte general (Buenos Aires, Editorial Bibliografía Argentina). 61Se suelen rechazar en Alemania y en España, Escuchuri (2004) p. 374. 258 y 259; Guastini (2011) pp. En un sentido equivalente Bustos (1962) pp. Por ello, en términos sencillos, lo que vale como unidad de hecho a este respecto corresponde al sustrato empírico que se extiende desde la ejecución de los actos que den inicio a la correspondiente y específica tentativa hasta, al menos, la satisfacción del último de aquellos que valen como actos de ejecución (propia)106. Parte General (Barcelona, Edit. 421 a 423. 3. Por otro lado, hemos ya anticipado que los casos en que se compromete la concurrencia de un mismo y único tipo de hecho punible también resultan problemáticos, por la sencilla razón de que no siempre es sencillo determinar cuándo se puede afirmar que ha sido realizado en una única vez o en más de una oportunidad, configurando en este último caso un concurso real homogéneo. Lo mismo ocurre en el uso del “concurso de leyes” como opuesto a “concurso de delitos” (Fernández (2013) p. 27), y con el propio calificativo de “aparente” que suele acompañar (Ortiz y Arévalo (2013) p. 354). El texto explica por qué ese planteamiento es erróneo y genera efectos negativos que confunden y dificultan una adecuada conceptualización. No obstante, el tratamiento de la unidad de acción pareciera más relevante y complejo para la tendencia que objeta esta forma de concebir y resolver los problemas del concurso aparente, bajo la comprensión de que se trata de un problema que afecta a la determinación de la pena29, referido a la aplicación de las normas de sanción (y no de un problema referido a las conductas incriminadas y su interpretación o regulación30), tesis que en la actualidad cuenta paulatinamente con el parecer dominante de la doctrina y que ya goza de reconocimiento en nuestro medio31. 29-64. [ Links ], Cury Urzúa, Enrique (2007): Derecho Penal. 28Cury (2007) p. 667; Fernández (2013) p. 27; Etcheberry (1997) p. 122. 35Cid (1994) p. 40; García (1995) pp. [ Links ], Vásquez Matos, José (1996): “Doble exposición o concurso de delitos”, Revista de Derecho Puertoriqueño, Nº 65: pp. Sobre lo extendido de dicha asunción Cuello (1979) p. 50; Escuchuri (2004) p. 95. Por esta misma razón se debe también descartar toda otra noción que carezca de una dimensión de sentido como sucede paradigmáticamente con la alusión a la provocación de un “efecto” o resultado, si se la pretende ocupar en forma idónea (lo que supone un contenido diverso al uso que ofrece dicho término en la teoría del delito)96.También se suele criticar el recurso a una finalidad común, en tanto no hace más que replicar el caso de que trata el llamado concurso medial, resultando absurdo que el legislador se haya ocupado de regular el mismo instituto en dos ocasiones diversas, y en forma tan próxima, y con el mismo efecto. Así se explica también la necesidad de extender dicho supuesto al concurso medial, en tanto dicha conexión funcional permite interpretarlo como parte de la (misma) ejecución104. WebPor ser un delito de resultado material y permanente, se consuma en el momento mismo en que se detiene ilegalmente a la vctima con el fin de realizar cualquiera de los actos o mediante alguna de las conductas mencionadas en los artculos 194 y 194 Bis del Cdigo Penal, y dura todo el tiempo que se prolongue, o sea, a partir de que se impone a aqulla … 971-972; Escuchuri (2004) pp. La pluralidad por ello no sería más que aparente, tal cómo sugieren los términos de la doctrina clásica. Sanz (1986) p. 213; Jescheck y Weigend (2014) p. 1060; Van Weezel (2020) p. 7; Vives (1981) p. 10. Por Ignacio Martinez Murias, Prosecretario Administrativo del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nro. [ Links ], Maldonado Fuentes, Francisco (2016a): “Reiteración y reincidencia: conceptos y fundamento”, en del mismo (coord. Web¿Estudias Derecho Penal I en Universidad Siglo 21? El término delito da cuenta de una calificación de comportamiento9, que se refleja en torno a un sustrato empírico10. Por esta razón el ejercicio adopta la estructura de un concurso aparente de leyes penales, donde las opciones consisten en el reconocimiento de un concurso real, por un lado, o la afirmación de una única ejecución, por el otro78, a resolver con miras a determinar cuál modalidad capta en mejor manera, y de forma íntegra, el desvalor del hecho79. Sobre esta base la consideración de los delitos concurrentes no plantea un supuesto que habilite a considerar una regla penológica diferenciada. 216 y ss. WebLa culpabilidad, en Derecho penal, es el juicio de imputación personal, es decir, supone la reprochabilidad del hecho ya calificado como típico y antijurídico, fundada en el desacato del autor frente al Derecho por medio de su conducta, mediante la cual menoscaba la confianza general en la vigencia de las normas. Los límites constitucionales y convencionales para la producción de las leyes penales. La constatación es altamente relevante pues respalda contundentemente lo dicho, toda vez que demuestra que en estos casos la forma que asume el enunciado no se vincula en modo alguno a la constatación de una unidad o pluralidad de acciones o conductas (que acá no se discute), sino que encuentra su sentido preciso en una definición sobre pena (es decir, sobre la regla de sanción aplicable). ), El Derecho Penal como teoría y como práctica. [ Links ], Pérez Bermejo, Juan Manuel (2009): “Normas jurídicas, conflictos y derrotas: entre normas ad-hoc y sub specie aeternitatis”, Revista Analisi e Dirito: pp. Así, parece claro que no es lo mismo saber cuándo se ejecuta una lesión corporal o varias que cuando se lleva a cabo un hurto o una estafa o varias de ellas, pues en cada caso el análisis se debe fundar en elementos o particularidades diversas. 14 MERA FIGUEROA, Jorge (2009) "Femicidio". Así se explica también por qué dicha práctica no se refleja en modo alguno en la amplia mayoría de supuestos diversos en que se afirma el “concurso aparente” en forma indiscutida, y en los que en la sentencia se suele dejar constancia de la concurrencia y de la institución. 459-474. Se refiere a ellos, con detalle, Escuchuri (2004) p. 389; Cuerda (1997) p. 346; Sanz (1986) pp. 5. 1081-1083). Así, la posibilidad de una concurrencia sigue siendo una eventualidad (una contingencia), pues depende de que el supuesto de que se trate incluya las propiedades que lo especifican o califican (previstas en las reglas “especiales”)53, lo que no se puede advertir, intuir y menos afirmar por anticipado54. Keywords: de hecho; concurrent offenses; ideal crime concurrence; homogenous crime concurrence. WebAlberto Ángel Fernández () (Buenos Aires, 2 de abril de 1959) es un abogado, profesor, y político argentino, presidente de la Nación Argentina desde el 10 de diciembre de 2019 y jefe de Gabinete de Ministros entre 2003 y 2008. Asimismo, tempranamente, Etcheberry (1964) pp. WebEn doctrina se han propuesto diversas definiciones que pasaremos a analizar, a efectos tanto de afincar una noción, y poder así formular nuestro propio concepto. No se puede sin embargo obviar que su uso se critica profusamente por su indeterminación, arbitrariedad o vaguedad, como destaca Jescheck y Weigend (2014) p. 1061; Jakobs (1997) pp. De esta forma, se deben descartar todo tipo de aproximaciones que supongan un fraccionamiento artificial de los mismos o razonamientos basados en lo que “pudiese haber ocurrido”, lo que es usual. A este respecto conviene tener en cuenta que los casos referidos a “tipos mixtos alternativos”45 o con pluralidad de hipótesis de comisión se presentan con una estructura similar, construida en términos inversos. En Chile, Mañalich (2005) pp. 47 y ss. Referirse al delito como la infracción de una norma pertenece al lenguaje usual en la ciencia del Derecho Penal. 78En el mismo sentido Frister (2016) p. 690 (quien alude al concurso ideal aparente homogéneo). WebEn la legislación mexicana se pueden encontrar rasgos muy distintivos del Derecho Penal del Enemigo a partir de la Constitución, que en su artículo 16, párrafo octavo decreta que se puede arraigar a una persona hasta por ochenta días si se le acusa de Delincuencia Organizada; mientras en el párrafo noveno del mismo artículo se especifica que se debe … Marcial Pons ), pp. Instituto Pacífico). Web1. WebSe presentan los resultados de una investigación nacional española realizada a 538 mujeres reclusas (15 por ciento de la población penitenciaria femenina) con el propósito de conocer sus características sociodemográficas, las distintas situaciones vulnerables y factores de riesgo, marginación, exclusión social y pobreza que rodean a las personas … Como ejemplo reiteramos el caso del infanticidio, pues no resulta sencillo convencer que quien da muerte a un hijo antes de las 48 horas de vida ha cometido realmente tres delitos (homicidio simple, calificado e infanticidio) precisamente teniendo en consideración el que ha ejecutado una sola acción. Al (2002) p. 865, y, en Alemania, Frister (2016) p. 666; Jescheck y Weigend (2014) p. 1073. Véase también Alonso (2018) p. 184 en relación a cualquier conflicto de normas. 36, 37 y 44); en los actos anteriores y posteriores copenados (muy claro en Nino (1972) p. 61) y, con un sentido aún más amplio, en torno al concurso ideal (Frister (2016) pp. En la teoría del concurso de delitos se suele asignar un papel importante, e incluso estructural, a la tarea consistente en identificar si en un determinado supuesto de hecho concurre una única acción o varias 1.Dicha comprensión se asocia a la creencia de que una unidad de acción refleja una unidad de … Se trata más bien de constatar que en estos casos dicha pluralidad resulta cuestionable, pues el sentido que ofrece la regulación pareciera indicar sin lugar a dudas que se trata de casos unitarios, con base en el indicativo que aporta el que indiscutiblemente se trata de una sola acción a valorar. [ Links ], Sanz Moran, Ángel José (1986): El concurso de delitos: aspectos de política legislativa (Valladolid, Universidad de Valladolid). 315 y ss. 64 y 66; Frister (2016) p. 668; Lurati (2018) p. 118 (se trata de “una única culpabilidad”). Estructuración básica del concepto: lineamientos 377 IV La elaboración sistemática según otros criterios 379 V Evolución histórica de la sistemática del delito 380 § 26. Es decir, al considerar a un delito como el daño que se hace al orden social determinado (contemplado en la ley) entonces se aplica una pena con el fin de que devuelva el orden social. Ricardo Gil Lavedra nació en la ciudad de Buenos Aires el 24 de julio de 1949. 465-484. 136-137. La Ley 23 492, llamada «de Punto Final», fue promulgada en 1986 por el presidente Raúl Alfonsín, y estableció la … 138.). Base empírica sensorial: este aspecto engloba la inmediatez del conocimiento perceptivo, la observación, incluso, la impresión que tiene el juez al instante de la valoración probatoria. 86Novoa (2005) pp. Lo relevante es la posibilidad de juzgamiento conjunto, en términos que lleven a sancionarlos en una misma sentencia (Caramuti (2018) p. 210; Escuchuri (2004) pp. (1995) p. 525. Para una visión crítica véase el propio Roxin (1997) en pp. Bajo este supuesto hay que tener en cuenta que la mayoría de los regímenes establecen una regla comparativamente atenuada para el tratamiento del concurso ideal83 de forma que la tarea del interprete consiste en identificar el criterio que explique dicha determinación (con independencia de su suficiencia o valoración político criminal)84. 60Cury (2007) pp. 349, 350 y 352. 38Este caso es considerado uno de los más discutidos en doctrina del concurso (García (1995) p. 372; Escuchuri (2004) pp. Por ello, se debe afirmar un concurso equivalente en unidad de acción o de hecho (concurso ideal) o en caso de pluralidad (concurso real), perspectiva que demuestra su sentido tras afirmaciones como la siguiente: matar a muchos mediante una metralla o hacerlo mediante disparos individuales es, a fin de cuentas, lo mismo, aun y cuando se realice en contextos próximos o espaciados81. Es decir, al considerar a un delito como el daño que se hace al orden social determinado (contemplado en la ley) entonces se aplica una pena con el fin de que devuelva el orden social. (2003) p. 441). [ Links ], Sanz Moran, Angel (1989): “Alternatividad de leyes penales” en: V.V.A.A., Estudios penales en memoria del Prof. Agustín Fernández Albor (Santiago de Compostela, Servicio de Publicaciones), pp. Constituye en nuestro medio la opinión dominante por una consideración histórica, vinculada a la interpretación propuesta por Pacheco sobre el Código Penal español de 1848, Pacheco (1888) pp. 663-676. 120 y ss., en el sentido del ejemplo. 215.). Lo relevante es que dicha afirmación no se sostiene, por la sencilla razón de que no es posible advertir una doble valoración con base en la consideración exclusiva del contexto material, naturalístico o extensional que ofrece la ejecución de un delito pues, por definición, se trata de una restricción que toma como objeto de referencia al ámbito valorativo95. 13Garrido (2007) p. 335; Mañalich (2018a), pp. [ Links ], Maurach, Reinhart, Gössel, Karl Heinz, Zipf, Heinz (1995): Derecho Penal. 96, que hoy he abandonado. Descargar pdf. (2003), p. 445: Vives (1981) p. 16; 48Bustos (1962) pp. 11-48. 270 Zaffaroni, Eugenio Raúl, Teoría del delito, op. Conocé las Últimas noticias de Argentina y del mundo, información actualizada las 24 horas y en español. 25. Por ello, parte de la doctrina sostiene que ni la distinción ni el tratamiento diferenciado se justifican. La condena constituye un acto significativo que se expresa en un régimen de padecimiento que se estructura a partir del contenido de las reglas de sanción, pero que no se identifica de forma necesaria con estas. Así, en Chile, el sentido de la cláusula prevista en el art. Parte General. Se llega incluso a sostener la máxima “in dubio pro concurso ideal” (Mañalich (2018b) pp. Hijo único, su madre Beatriz Lavedra, docente de Geografía en la ciudad de Victoria, Entre Ríos.Su abuelo, quién nació en Gualeguay, era abogado e hizo toda su carrera judicial en Entre Ríos, llegó a ser miembro del Tribunal Superior de Justicia de la provincia. [ Links ], Matus Acuña, Jean Pierre (2002): “La teoría d El concurso aparente de leyes penalesel resurgimiento de lay en principio desplazada ”, Revista de la Universidad Católica del Norte, Nº 9: pp. Lo dicho hasta el momento obligaría a profundizar el debate entre ambos planteamientos pues resultaría indispensable ofrecer criterios que permitan distinguir (y en su caso exceptuar) este tipo de casos del tratamiento general, en la medida que se desee mantener la orientación propuesta bajo la tesis de la aplicabilidad. 43, 44 y 61; Roxin (1997) p. 1018; Pessoa (2018) pp. On that basis, the distinction is valued around a narrower field of cases, related to the problems that assist in the identification of a homogenous crime unit, a part of the cases dealt with in the apparent competition of criminal laws and in the case of the ideal crime concurrence, matters in which the notion of de facto unity is not proposed with a uniform content. Su interacción se define por ello bajo relaciones de heterogeneidad (Escuchuri (2004) pp. Así, todo parricidio será, a su vez, un homicidio; y todo robo, un hurto, de forma que siempre sería posible evitar una potencial redundancia con base en las técnicas que ofrece la interpretación (que en particular buscaría además plasmar lo que se entiende es la pretensión del propio legislador)42. 9Cid (1994) p. 49; Escuchuri (2004) p. 26; Novoa (2005) p. 221; Pessoa (2018) p. 34; Peñaranda (1991) pp. 542. 45 y ss. 11-12; Zaffaroni Et. Cuerda (1997) pp. Lo dicho coincide con el objetivo general que se asigna a toda la teoría concursal, asociado el principio ne bis in ídem y del mandato de exhaustividad (mal reflejado en la alusión al principio “qua delicta tot poenae”). En un sentido equivalente Groizard (citado en Sanz (1986) p. 180) y Fontecilla (1956) pp. ; Etcheberry (1964) pp. [ Links ], Mañalich Raffo, Juan Pablo (2018a) “El principio ne bis in ídem como estándar de derecho sancionatorio, en el derecho penal chileno”, en, del mismo, Estudios sobre la fundamentación y determinación de la pena, Santiago de Chile: Edit. Primero, que el rendimiento de la noción “acción”, a efectos de la identificación de un delito o de su cuantificación, depende de que exprese un contenido diverso al que ofrecen las respectivas descripciones de delito; y segundo, que la definición de acción juega un papel mucho más modesto del que se suele atribuir en la teoría concursal15, como tarea trascendental16. Con ello, el caso que le da sentido a la categoría no se refiere a toda situación en la que una misma persona ha cometido varios delitos (a pesar de que “concurren”, a su respecto) o que deba ser sancionada por varios de ellos (en cuyo caso hay más bien concurrencia de penas, a su respecto), sino solo a aquellas situaciones en las que dichas definiciones deben tener lugar en el contenido de un mismo acto de adjudicación (una misma sentencia). 195-371. 6Cuerda (1997) pp. Lo único en que todas las propuestas coinciden es en la necesidad de contar con un criterio adicional que se identifica, en todos los casos, con la posibilidad de sostener una única acción (y, en ese sentido, una única ejecución o realización) que cuente como (única) ejemplificación de una determinada clase de acción66. 45-47. 270-282. Dirección postal: Santa Elena 2222, San Joaquín. (1995) p. 557 y 561; Implícito en Frister (2016) p. 680. 75Cobra sentido por ello (si bien resultan igualmente insuficientes y por la misma razón ya señalada) el recurso a planteamientos mixtos basados en una sumatoria de criterios complementarios, como en Garrido (2007) p. 337; Frister (2016) p. 672. [ Links ], Fernandez, Gonzalo (2013): “Criterio de determinación de la unidad de hecho en el concurso de delitos”, en VV.AA., Anuario de Derecho Penal 2012 (Buenos Aires, AD-HOC ), pp. Base empírica sensorial: este aspecto engloba la inmediatez del conocimiento perceptivo, la observación, incluso, la impresión que tiene el juez al instante de la valoración probatoria. Centro de Estudios Constitucionales), pp. 48 a 53, 178, 181 y 183, 36Se critica, en lo fundamental, que se confunde la tarea consistente en la interpretación de las normas con la operación relativa a su sistematización (Alonso (2018) pp. 90Labatut (1983) Tomo I, p. 173; Muñoz (1986) p. 359 y 362; Ortiz y Arévalo (2013) pp. 101Véase Feuerbach (1989) p. 123, en alusión específica a los “crímenes reiterados”. ejemplo de esta [ Links ], Etcheberry, Alfredo (1964): El concurso aparente de leyes penales (Santiago, Editorial Jurídica de Chile ). [ Links ], Mañalich Raffo, Juan Pablo (2004). Critico, Cid (1994) p. 46; Nino (1972) p. 51. 1023, 1039, 1040 y 1193; antes, Mañalich (2004) p. 499; y tempranamente Matus (2005) p. 466. Implícito en Mañalich (2018a) pp. 857-858. I, op. 543-563. Se constata lo dicho en Castelló (2000) p. 7 y 14; Escuchuri (2004) pp. XXVIII, Nº 2: pp. ), Sanciones Administrativas. 59-60; Escuchuri (2004) pp. Matus (1999) p. 79; Mañalich (2005) p. 1023, 1039, 1040 y 1193; Maurach et al. 341-354; Jakobs (1997) p. 1079; Jescheck y Weigend (2014) p. 1060; Mañalich (2005) p. 1150; Mir (2005) pp. 83-84; Sanz (1986) p. 148. 30 y 230 y ss. ; Huerta (2003) pp. Lo dicho se respalda concretamente en el contexto histórico bajo el cual se origina “la moderna teoría concursal”, y que remite a “los prácticos”, Koch, Becker y -fundamental- Feuerbach, en quien se advierte aun de forma más nítida105. 205-223. 335-381. WebLa teoría del delito "es un sistema categorial clasificatorio y secuencial en el que, peldaño a peldaño, se van elaborando, a partir del concepto básico de la acción, los diferentes elementos esenciales comunes a todas las formas de aparición del delito." Así, tras el infanticidio solo se podría reconocer un delito, pues la relación de especialidad (entre las normas) lleva descartar la aplicación del homicidio y del parricidio, en tanto estas prohibiciones no habrían sido establecidas para esos casos. IX: pp. 85 y ss. 10Fernández (2013) pp. El que todos estos casos hayan podido ser regulados en forma conjunta o separada o a través del uso de circunstancias modificatorias reafirma la idea de que su expresión formal no es más que “una opción regulativa del legislador” que no puede ser interpretada como una decisión relativa a “crear un nuevo o nuevos delitos”. 2. 9, Nº 18: pp. Bofill Genzsch), Tomo II (Buenos Aires, Astrea). Bulygin (1991) p. 483); y que resulta inconsistente con los criterios que dominan la resolución de los problemas de comunicabilidad, error y participación en el delito, pues dichas dinámicas presuponen la concurrencia de tipos básicos y figuras agravadas, calificadas o privilegiadas (Peñaranda (1991) pp. 59Los casos de ejecución iterativa, aluden a situaciones de “ejecución homogénea equivalente reiterada en tiempo próximo” (Jescheck y Weigend (2014) p. 1063; Mañalich (2005) p. 1031), mencionándose como ejemplos de estilo una paliza o un conjunto de insultos (Roxin (1997) p. 950). En concreto, no se trata de negar, rechazar o controvertir el que un mismo supuesto pueda admitir una pluralidad de calificaciones jurídico-penales39, de forma que puede perfectamente servir de recipiente a una pluralidad de delitos. Sobre ello Frister (2016) pp. Parte General, 4° ed. 79Al respecto, Ortiz y Arévalo (2013) p. 334.
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